Las micro, medianas y pequeñas empresas podrán financiar sus deudas con Afip hasta en 20 cuotas

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Las micro, medianas y pequeñas empresas podrán financiar sus deudas previas y corrientes con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en hasta 20 cuotas y con un interés mensual máximo de 3%, según la categoría del contribuyente, de acuerdo a la resolución general 4548/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma precisó que a fin de contemplar la situación económica que atraviesan los contribuyentes, y con el objetivo de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias, resulta aconsejable realizar ciertas adecuaciones respecto de la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables.

También señaló que esta medida se dicta en el marco de las soluciones inmediatas y efectivas impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto 561 del 14 de agosto último.

En el caso de deudores en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), también habrá hasta 20 cuotas, aunque para deudas hasta $ 41.000, el interés máximo será de 4% mensual; y para pasivos mayores a $ 41.000, de 7%.

Para el resto de los contribuyentes en zonas de emergencia o desastre, la refinanciación podrá alcanzar hasta 48 cuotas.