Evitemos infracciones

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Las prácticas náuticas recreativas y/o deportivas que fueron habilitadas por el decreto municipal 112/2020, en adhesión al decreto provincial 833/2020, deben ser practicadas dentro de los límites de la jurisdicción de nuestra ciudad: desde Arroyo Artalaz hasta Arroyo Perucho Verne (con desembocadura en Calera Colombo.