Es oficial: billeteras virtuales deben informar a AFIP movimientos superiores a $30 mil

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes la disposición que actualiza a $30.000 el monto a partir del cual las empresas administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, en el marco de medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Así lo estableció a través de la Resolución General 5193/2022, publicada en el Boletín Oficial, que fija en $ 30.000 el umbral mensual a partir del cual las plataformas de gestión digitales en general y los Proveedores de Servicios de Pagos (PSP) en particular deben informar los ingresos y egresos en las cuentas.