Elecciones 2023: Prohibiciones del Código Nacional Electoral

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Desde la Municipalidad de la ciudad de San José se dieron a conocer algunas cuestiones que el Código Electoral Nacional prohíbe expresamente realizar el día de la elección y hasta tres horas después de finalizado el comicio:

-Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.

-Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.

-Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

-Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

-A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

-Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.

-Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

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