¿El Jueves Santo es feriado?: ¿Se trabaja o no se trabaja?

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En primer lugar, el Jueves Santo es día no laborable que es diferente a día feriado. Éstos últimos se consideran como un domingo, es decir, si se trabajan se pagan doble y -dependiendo del convenio de cada rubro- en algunos casos se devuelven.

La ley 20.744 de Contrato de Trabajo es clara: «En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual». Es decir, que los empleados que trabajan a un día feriado cobran doble.

En primer lugar, el Jueves Santo es día no laborable que es diferente a día feriado. Éstos últimos se consideran como un domingo, es decir, si se trabajan se pagan doble y -dependiendo del convenio de cada rubro- en algunos casos se devuelven.

La ley 20.744 de Contrato de Trabajo es clara: «En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual». Es decir, que los empleados que trabajan a un día feriado cobran doble.