Conducir a 170 km/h tiene que ser delito

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Conductas tan temerarias y graves como la del joven que iba a 170 kilómetros por hora ponen de manifiesto la urgente necesidad de legislar los Delitos contra la Seguridad Vial, en particular el de la conducción con exceso notable de velocidad, antes de que otros potenciales homicidas del tránsito, como estos, lleguen a matar.

Si bien ya existe el delito de «correr picadas», el exceso de velocidad, se corran picadas o no, implica un peligro tan grande para la vida de los terceros, que debe ser sancionado con la máxima expresión de la repulsa social, convirtiéndolo en un «delito», propuesta de Luchemos por la Vida.

El delito propuesto -entre otros- en dos oportunidades a los legisladores (y que ni siquiera se ocuparon de tratar), consiste en penar con prisión e inhabilitación especial para conducir automotores a quien condujere cualquier tipo de vehículo automotor a una velocidad superior en 40 km/h a la máxima establecida para dicha autopista, semiautopista, ruta, avenida o calle.

Estos delitos ya existen en los países exitosos en su lucha contra las muertes en el tránsito, pudiendo mencionarse el caso cercano de España, vigentes desde hace varios años, y estimándose su implementación una contribución muy importante a la reducción de las muertes en ese país.
Estamos hablando de «delitos», y no de una simple infracción o contravención, de las cuales la experiencia cotidiana muestra que es fácil escapar con total impunidad.

Luchemos por la Vida promueve, además de la reducción de las velocidades de circulación, constituir esta conducta de altísimo riesgo para las vidas de todos en un delito, en todo el territorio nacional, lo que puede significar al responsable la pérdida de su libertad, transformándose en un simple «delincuente», con la condena social que ello implica. Esto será un avance imprescindible para salvar muchas vidas, que debemos incorporar con urgencia a nuestra legislación penal.