Pérez Volpin: confirman los procesamientos del endoscopista y la anestesista

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó los procesamientos que el juez Bruinard dictó el pasado 19 de junio al endoscopista Diego Ariel Bialolenkier y a la anestesista Nélida Inés Puente en la causa por la muerte de la periodista y legisladora Débora Pérez Volpin. Las defensas de ambas partes habían apelado la decisión. La causa entonces podría derivar en un juicio oral.
«Estamos muy conformes con lo resuelto en el día de hoy. Hemos dado un paso más; ahora buscaremos que prontamente podamos tener un juicio oral y que la justicia concluya su trabajo. Vamos a seguir transitando ese camino», dijo Diego Pirotta, abogado de la familia Pérez Volpin.

Los motivos de los procesamientos
En su fallo, el magistrado consideró que Diego Bialolenkier, el médico endoscopista, «no ha podido explicar qué causó que una paciente sin ninguna patología previa de relevancia para realizar un estudio de diagnóstico inocuo, durante su supuestamente correcta e inofensiva intervención, a minutos de comenzar, presentara el enorme desmejoramiento en su salud que finalmente terminó con su vida.»

Y concordó con las conclusiones del informe de la autopsia al afirmar que «el imputado, como consecuencia de un incorrecto manejo del equipo a su cargo, produjo una lesión de tipo instrumental endoscópico en la vía digestiva, que generó el paso de aire a presión en la zona del tórax -lo cual no advirtió ni trató en tiempo oportuno- provocando un barotrauma que derivó en una congestión y edema pulmonar que llevó a la falla cardíaca final de su paciente.

Desatendió los signos

En cuanto a la responsabilidad de la anestesista Nélida Inés Puente, consideró que advirtió tardíamente el cuadro que presentaba Pérez Volpin, y en el que había entrado en razón del proceder previo del endoscopista Bialolenkier, y que dicha demora y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final. También, que al confiarse en que se trataba de un estudio de rutina en el que estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de la paciente recostándose en el equipo que la monitoreaba. «Los testimonios me llevan a descreer de la diligencia y celeridad en la toma de decisiones en el momento crítico que en su descargo se arroga Nélida Inés Puente», dijo entonces.

Responsabilidad conjunta

Por ellos les atribuyó a ambos médicos una responsabilidad conjunta, que se reflejó en los procesamientos por homicidio culposo: «Concluyo en que fue aquel incorrecto manejo instrumental ocurrido durante los primeros minutos del procedimiento por parte del Dr. Diego Ariel Bialolenkier, sumado al incorrecto y demorado proceder a posteriori de la Dra. Nélida Inés Puente, los que, con la probabilidad de la etapa determinaron el fatal resultado acontecido (..) Mientras el gastroenterólogo es responsable por la planificación y ejecución de la endoscopía, la anestesista lo es por la planificación y ejecución de los procedimientos de insensibilización (sedación), así como por la vigilancia del correcto mantenimiento de las funciones vitales». Fuente: (La Nación).-