La Caja de Jubilaciones implementa la firma digital

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A la vez, la norma faculta a dos áreas del organismo –la Secretaría de Directorio y la Jefatura de Despacho– “en forma conjunta o indistinta para dejar constancia mediante su intervención expresa en soporte papel, de aquellos actos y/o documentos que cuenten con firma digital de la Presidencia de la Caja”.

Esa constancia será instrumentada mediante la incorporación de un texto, que será incorporado en el acto administrativo o documento luego de la firma digital de la Presidencia y que llevará la firma y sello del funcionario o funcionaria interviniente. En un anexo de la resolución se especifica cómo será ese texto.

En los fundamentos de la norma, el organismo explicó que se encuentra “desarrollando un Programa Integral Estratégico de Digitalización de datos, actuaciones administrativas, documentación y demás procesos inherentes a las acciones propias del sistema previsional que administra, procurando con ello garantizar la eficiencia y tutela de los derechos de sus afiliados”.

A la vez señaló que este programa “tiene previsto etapas que permitan asegurar un avance constante en su implementación evitando alterar el normal funcionamiento de la Institución y el respeto a la legislación que conduce su funcionamiento”.

En tanto, para “acreditar de manera fehaciente” la firma digital, se deberá generar un “acto administrativo que habilite la verificación de la citada intervención como así también genere la oponibilidad por terceras partes de la misma”.

Fuente (APFDigital)