El Gobierno endureció el cepo al dólar Bolsa y a las importaciones
— 06/10/2021 Comentarios desactivados en El Gobierno endureció el cepo al dólar Bolsa y a las importaciones 0El Gobierno nacional avanzó este martes en una serie de medidas para limitar el drenaje de reservas producto de la intervención del Banco Central para frenar la escalada de los dólares financieros.
Por un lado, la Comisión Nacional de Valores (CNV) anunció un nuevo cepo al dólar, una suerte de cepo XXL, ya que hace menos de dos meses habían sacado otro cepo.
En concreto, a través de la Resolución General 907, el organismo dispuso que que sólo se podrá comprar un máximo de 50.000 nominales de bonos de ley local, la mitad que hasta ahora, lo que da un total de u$s 19.000 por semana.
Menos importaciones
La medida fue dispuesta al mismo tiempo que el Banco Central también anunció que limitará la precancelación anticipada de importaciones hasta fines de mes, con el mismo objetivo.
Por la noche, en un comunicado, la CNV anunció que dictó la Resolución 907 «en coordinación con el BCRA y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual».
En ese sentido, «estableció una serie de medidas relativas a la concertación de operaciones con valores negociables con liquidación en dólares estadounidenses, tanto en jurisdicción local como extranjera».
La CNV informó que la RG 907/21, que se publicará en el Boletín Oficial, dispone:
1- Un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable.
2- Sólo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si:
- En los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta de valores negociables nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT.
- Existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en el punto a- partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los 30 días corridos subsiguientes.
3- Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera.