Están a disposición de los usuarios entrerrianos los formularios para mantener el subsidio al consumo de gas

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Los usuarios entrerrianos, comprendidos en el esquema establecido por el gobierno nacional en el marco de la política de readecuación de subsidios, pueden realizar el trámite para solicitar el mantenimiento de la tarifa reducida al consumo de gas natural.

En este sentido, el secretario de Energía de Entre Ríos, Raúl Arroyo, informó que ya se encuentran a disposición de los usuarios de toda la provincia los formularios para solicitar la continuidad del subsidio al consumo de gas natural, y detalló que el esquema contempla 13 situaciones de consumidores.

Indicó que la nueva política de otorgamientos de subsidios al consumo de gas natural de red, surge de la normativa nacional emanada del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas). Según normativa, la quita del subsidio se hace efectiva si el usuario no produce un 20 por ciento de ahorro en comparación con igual bimestre del año pasado.

“En principio, la nueva normativa apunta a generar conciencia en el ahorro del gas, motivo por el cual si uno no ahorra el 20 por ciento en comparación con el mismo bimestre que el año pasado, se le retira el subsidio”, expresó Arroyo.

Informó que quienes tengan intención de seguir percibiendo el subsidio al consumo deberán solicitar en las distribuidoras, Redengas en Paraná y Gas Nea en el resto de la provincia, el formulario confeccionado a tal fin, el que contemplan 13 situaciones especiales, como subsidios al consumo por enfermedad crónica, haberes mínimos, pensiones no contributivas, beneficiarios de planes sociales, certificado de discapacidad, o insuficiencia para afrontar la tarifa, entre otras.

El trámite

La Resolución 2905 publicada este lunes en el Boletín Oficial establece que podrá aplicar «todo aquel usuario residencial SGP1, SGP2 y SGP3» de gas natural por redes que presente a modo de declaración jurada el formulario respectivo. La planilla deberá ser entregada con la firma del titular del servicio o su representante legal y adjuntar la documentación que da sustento al motivo por el cual solicita su inclusión.

El formulario establece los siguientes grupos de personas que podrán ingresar al registro de exceptuados:

1) quienes padecen una «enfermedad crónica que implica un mayor consumo del servicio»; 2) aquellos que perciben «como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo»; 3) quienes cobran pensiones no contributivas; 4) los beneficiarios de algún plan o programa social; 5) usuarios con «el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc.); 6) aquellos que perciben alguna asignación familiar»; 7) personas que cuenten con un certificado de discapacidad; 8) hogares que posean «ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena»; 9) las viviendas que están exentas del pago de ABL o tasas municipales; 10) los hogares con «características edilicias desfavorables que impliquen un mayor consumo de servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc.)»; 11) viviendas que tengan «un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeño comercio, taller de oficio, etc.)»; 12) «una vivienda en la cual conviven múltiples hogares» y 13) todas aquellas personas que reúnan «las condiciones de Usuario Esencial», es decir, que sean centros asistenciales públicos, entidades educativas públicas de cualquier nivel u entidades religiosas acreditadas.

Las empresas proveedoras del servicio serán las encargadas de entregar los formularios a todos los usuarios. Luego, deberán recibir todas las postulaciones. El gobierno determinó que las compañías no puedan rechazar ninguna aplicación, sino que sólo actuarán como entidad de recepción. Después girarán los pedidos al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) con una carta que recomiende aceptar o rechazar la solicitud.

Todos aquellos que deseen postularse deberán acompañar el formulario con documentación que respalde su pedido, como pueden ser los recibos de haberes y/o ingresos, certificado de discapacidad, acreditación de vínculo con la persona que necesita el subsidio al gas, etc. Si falta algún documento, la compañía deberá otorgar un plazo de quince días corridos para solucionar la situación.

El beneficio otorgado mediante este trámite tiene un plazo de duración de un año, por lo que 60 días antes de su vencimiento los beneficiarios deberán tramitar la renovación.

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