A partir del miércoles 17 de septiembre comienza a regir “Sin Casco no hay Nafta” en Colón

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Desde este miércoles 17 de septiembre entrará en vigencia la Ordenanza 53/2014 que establece en su Artículo 1º la prohibición en la ciudad de la venta y/o carga de combustible en estaciones de servicios y/o expendedores de combustibles a todo vehículo ciclomotor, motocicleta, moto, bici-moto, triciclo y/o cuatriciclo cuyo conductor y acompañante no tengan el caso reglamentario debidamente colocado.

La obligación de portar casco se extiende al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicio a los fines de la carga de combustible, excepto al momento en que el conductor descienda del rodado.

Se prevé multas de hasta 500 litros de nafta súper para los propietarios o encargado de estaciones de servicio.

Tiempo atrás personal de Tránsito de la comuna entregó cartelería informativa que fue colocada en las estaciones de servicio para generar conciencia en la población.

“Desde el Municipio de Colón trabajamos en distintas acciones tendientes a la prevención y concientización de la sociedad” se refirió el Presidente Municipal de Colón, Mariano Rebord el martes cuando se llevó a cabo el encuentro entre el Comisario Departamental y autoridades municipales.

Policía Departamental se encuentra facultada a labrar infracciones de tránsito

Desde las 00:00 horas del viernes 12 de septiembre, entró en vigencia, el Decreto 2675 del gobierno de la provincia que estableció una nueva normativa para que la Policía pueda actuar ante cualquier infracción que atente contra la seguridad, y pueda retener las motos que circulan en condiciones irregulares.

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