La Corte declaró aplicable el 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad

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La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica «siempre» a todos los delitos, sin distinción alguna.
Con este argumento, declaró aplicable en el caso del represor condenado Luis Muiña la Ley 24.390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre 1994 y 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.
En disidencia, votaron en minoría los jueces Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, y Juan Carlos Maqueda, quienes argumentaron que ese beneficio no es aplicable a lo condenados por delitos de lesa humanidad.
El fallo de la Corte Suprema fue dictado en el caso del represor Muiña, en la causa «Bignone, Benito A. y otro s/recurso extraordinario», por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, en el partido bonaerense de Morón.
Condenado a 13 años de prisión, Muiña integró durante la dictadura la patota parapolicial que se organizó bajo el nombre de «Swat», integrada por una decena de personas y que operó dentro del Posadas, donde creó el centro clandestino de detención conocido como «el chalet».
En setiembre de 2013, el Tribunal de primera instancia aplicó al caso el 2×1 y estableció por ese cómputo que la condena estaría cumplida el 11 de noviembre de 2016, pero esa resolución fue anulada por la Cámara Federal de Casación Penal, que consideró que el beneficio era “inaplicable” al caso, en fallo recurrido ante la Corte por la defensa de los sentenciados.
Muiña fue condenado como coautor de los delitos de privación ilegal agravada en concurso con imposición de tormentos en perjuicio de cinco víctimas: Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester, Jorge Mario Roitman, Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff.
El expediente señaló que estos delitos derivaron de una operación represiva del 28 de marzo de 1976, que empleó tanques, helicópteros y comandó en persona el genocida Reynaldo Bignone, que ocupó el Posadas y detuvo ilegalmente a cinco trabajadores del establecimiento asistencial.
Estos secuestrados fueron encerrados en el centro clandestino de detención conocido como “el chalet”, que funcionaba en el predio del hospital y donde los cautivos fueron torturados.